Órganos de asesoramiento y estudio de las distintas especialidades del Derecho, dirigidos por reconocidos juristas de cada rama, donde los matriculados interesados encontrarán un ámbito adecuado para la investigación académica y la discusión doctrinaria.
Competencia
a) El estudio y la investigación del Derecho y de las Ciencias Jurídicas;
b) Colaborar con las autoridades del Colegio en la elaboración de la legislación en general;
c) Cooperar en los estudios de los planes académicos y/o universitarios de la abogacía, el doctorado y de cursos jurídicos especiales;
d) Realizar o participar en trabajos, congresos, reuniones, cursos y conferencias;
e) Brindar información sobre el estado de la legislación, jurisprudencia y doctrina;
f) Desarrollar las demás actividades científicas y técnicas que las autoridades de cada Instituto determinen.
Funciones
a) Realizar investigaciones y estudios intensivos o particulares vinculados con temas o problemas de su especialidad;
b) Organizar cursos, jornadas, seminarios, concursos, o conferencias de su especialidad, debiendo coordinar la realización de dichos actos;
c) Aconsejar las publicaciones que estime pertinente;
d) Formar la bibliografía de la materia, con libre acceso para los matriculados;
e) Crear el archivo del Instituto recopilando y ordenando las informaciones, dictámenes, documentos, legislación, doctrina y jurisprudencia relacionados con su especialidad; remitiendo tales antecedentes a la biblioteca general del Colegio;
f) Proponer y dictaminar acerca del otorgamiento de diplomas, estímulos, premios, becas y menciones especiales;
g) Colaborar en todo lo que sea requerido por las autoridades del Colegio, y en especial en lo que respecta al mejoramiento de la legislación;
h) Organizar cursos sobre disciplinas complementarias (contabilidad, economía, procedimientos provisionales y notariales).
Miembros
Sólo podrán ser miembros ordinarios los abogados matriculados de este Colegio, aunque el Consejo podrá otorgar diplomas honoríficos a los abogados matriculados en otros Colegios, sean públicos o no, o asociaciones de abogados del país o del extranjero en las condiciones establecidas por la normativa.
Funcionamiento
Cada Instituto establecerá las modalidades en las que se desarrollarán su tareas específicas conforme con la ley 23.187, el Reglamento Interno y demás normativa vigente. Sus publicaciones sólo podrán efectuarse a través de las autoridades del Colegio encargadas de la misma.
Incorporaciones
Los interesados en participar de los Institutos deberán presentar el formulario de inscripción en el área Institutos y Comisiones, Corrientes 1455, 1º piso (de 9,30 a 17,30 horas). El formulario debe ser acompañado con un C.V. Consultas: 4379-8700 int. 457/458/459
Reglamento
Normas de funcionamiento establecidas en el Reglamento General de Funcionamiento de Institutos aprobado por el Consejo Directivo en su sesión del 22.03.2007.
Av. Corrientes 1441
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Tel: 6077-7600 (líneas rotativas)
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